El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava la renta de cada ciudadano de acuerdo con sus circunstancias económicas personales, profesionales y familiares.
El objeto de este impuesto es la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta establecidas por Ley, con independencia del lugar donde se hayan producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
El IRPF en Andalucía
A través del enlace encontrarás información sobre conceptos clave vinculados con el impuesto sobre la renta: base imponible, cuota tributaria, sujeto pasivo, etc.
Aunque el IRPF es un impuesto de ámbito estatal, la Junta de Andalucía tiene una serie de competencias normativas que le permiten establecer:
- El importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo del gravamen autonómico.
- La escala autonómica aplicable a la base liquidable general.
- Deducciones en la cuota autonómica.
- Aumentos o disminuciones en los porcentajes de deducción por inversión en vivienda habitual.
La Consejería de Hacienda, Industria y Energía publica información sobre las deducciones que se aplican en nuestra comunidad:
El Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre es el que regula las competencias normativas sobre IRPF de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por Decreto-ley 1/2019, de 9 de abril, se ha aprobado la bajada del IRPF, lo que implicará que, en cuatro años, el tipo máximo bajará tres puntos. De forma progresiva, se reducirá el gravamen en todos los tramos:
- El primer tramo de renta pasará del 10% al 9,5%.
- Se unifican los tramos entre 20.200 y 28.000 euros (que tributa al 15%) y entre 28.000 y 35.000 euros (que tributa al 16,5%), en uno solo, de modo que entre 20.200 y 35.200 euros se tributará al 15%.
- Los tramos comprendidos entre 35.200 y 60.000 euros se integran, pasando de tributar del 19% al 18,5%.
- El tramo a partir de 60.000 euros pasará del 23,5% al 22,5%.
- Se elimina el tramo para rentas a partir de 120.000 euros, por lo que el tipo impositivo máximo pasa del 25,5% al 22,5%.
La bajada del IRPF se llevará a cabo, de forma progresiva, mediante una disposición transitoria, a lo largo de los ejercicios 2019 a 2023, cuando será plenamente efectiva. El primer tramo de la tarifa (las rentas más bajas) empezará a reducirse para el ejercicio 2019 y alcanzará su tributación definitiva en 2020.